Las familias podrán solicitar la prestación desde este jueves, 23 de julio, hasta el 2 de septiembre, tanto por vía telemática como presencialmente
El Ayuntamiento de Torrevieja abrirá este jueves, 23 de julio, el plazo para solicitar las ayudas municipales de 450 euros por nacimiento o adopción, correspondientes a la convocatoria de 2026. Las familias interesadas podrán presentar sus solicitudes hasta el próximo 2 de septiembre, ambos días incluidos.
La convocatoria, cuyo extracto ha sido publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOP), está dirigida a los nacimientos y adopciones producidos durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
La cuantía de la ayuda asciende a 450 euros por cada hijo o hija nacido o adoptado. En los casos de parto múltiple, se podrá solicitar una prestación de 450 euros por cada menor nacido.
Requisitos para acceder a las ayudas por nacimiento
Entre los principales requisitos establecidos en la convocatoria se encuentra la obligación de estar empadronado en Torrevieja durante un mínimo de tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Además, las personas solicitantes deberán:
- Ser españolas o extranjeras con residencia legal en España y disponer de NIE en este último caso.
- Tener más de 18 años o estar legalmente emancipadas.
- Estar empadronadas en Torrevieja con una antigüedad mínima de tres años ininterrumpidos.
- Haber empadronado por primera vez al recién nacido en Torrevieja y en el mismo domicilio de la persona beneficiaria.
- Ser titulares de una cuenta bancaria para recibir el importe de la ayuda.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Torrevieja.
Las ayudas podrán ser solicitadas por matrimonios, parejas de hecho y familias monoparentales, así como por quienes sean titulares del libro de familia o dispongan del correspondiente certificado de nacimiento.
En los casos de nulidad, separación o divorcio, la ayuda corresponderá al progenitor que tenga atribuida la custodia del menor. Si existe custodia compartida, la prestación se repartirá al 50% entre ambos progenitores.
Cómo solicitar la ayuda de 450 euros
Las solicitudes podrán presentarse preferentemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja, mediante el procedimiento específico denominado «Solicitud de ayudas por nacimiento».
También será posible realizar el trámite de forma presencial, utilizando los impresos disponibles en las dependencias de la Concejalía de Bienestar Social para su presentación en el Registro de Entrada (PROP).
La documentación que deberá acompañar a la solicitud incluye el DNI o tarjeta de residencia en vigor, el certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil o la resolución de adopción, el certificado de titularidad de la cuenta bancaria y, cuando no se autorice su consulta, el certificado de empadronamiento que incluya al recién nacido.
También será necesario aportar una declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en aquellos casos en los que corresponda, el convenio regulador o la sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.
Los datos relativos al padrón municipal y al cumplimiento de las obligaciones con el Ayuntamiento serán comprobados directamente de oficio por la Administración municipal.
Las ayudas se concederán por orden de solicitud
El Ayuntamiento de Torrevieja señala que las ayudas se concederán por cumplimiento de los requisitos establecidos y siguiendo estrictamente el orden de entrada de las solicitudes, hasta que se agote el crédito presupuestario disponible para esta convocatoria.
De esta forma, las familias que cumplan las condiciones podrán solicitar una ayuda de 450 euros por cada nacimiento o adopción que se encuentre dentro del periodo establecido en la convocatoria.







